Regulación en la publicidad y promoción de tratamientos de medicina estética.
Un reciente comunicado desde la Sociedad Española de Medicina Estética (SEME), informa que los tratamientos de Medicina Estética deben cumplir las normas básicas para la defensa de Consumidores y Usuarios recogidas en el Real Decreto Legislativo 1/2007 y demás normativa complementaria.
Los servicios ofertados a pacientes deben contar, por tanto, con las correspondientes garantías, y en más concretamente los centros deben adaptar su publicidad y promociones de sus productos y servicios de forma correcta, evitando la publicidad falsa o engañosa, al igual que ocurre con los implantes dentales.
La propia SEME considera que la publicidad sobre tratamientos que, debido al coste del producto sanitario, parecen ofertas inviables, podría no solo infringir esta normativa, además, en el caso de emplearse productos sanitarios no autorizados en nuestro país, o, aprobados por la Agencia del Medicamento, pero extremadamente diluidos o proporcionados en cantidades ínfimas (ej. en el caso de relajante muscular (para el tratamiento del Bruxismo, las arrugas de expresión o ácido hialurónico), no acordes a los usos adecuados y habituales de dichos productos podría suponer una infracción a los derechos de los consumidores, un delito en materia de salud pública o, incluso, una estafa.
Por tanto, es necesario que los propios centros adecúen la publicidad de sus tratamientos a la normativa existente en dicha materia. Asimismo, es fundamental que los pacientes se informen sobre el Centro al que van a acudir, además de hablar con su médico y preguntar todas las dudas que puedan surgir.
Nosotros recomendamos solicitar información sobre qué materiales se utilizan y por qué, así como información sobre los procedimientos médicos involucrados.
Para más información sobre tratamientos y productos utilizados en nuestras clínicas estéticas y dentales.